1. Partes.
Transitainer SA es una empresa transitaria o comisionista de transportes que, de conformidad con las instrucciones que recibe de terceros, asume la organización del transporte de mercancías sin emplear vehículos o medios de transporte propios. Transitainer SA también ofrece otros servicios relacionados con el transporte, tales como el almacenaje de mercancías, la consultoría de logística o la consignación de buques. El Cliente, por otro lado, es la persona física o jurídica que contrata los servicios de Transitainer SA, y asume, según los casos, la condición de remitente, cargador, embarcador, depositario, mandatario y/o agente del propietario de las mercancías.
2. Aplicación.
Todos los servicios de Transitainer SA están regulados por estas condiciones generales de contratación, las cuales se consideran aceptadas por el Cliente en el momento de contratar los mismos. En aquellos casos en los que el Cliente, a su vez, haya ofertado dichos servicios a terceros, se compromete a trasladar a los mismos estas condiciones generales de contratación.
3. Descripción.
El Cliente deberá describir fielmente las mercancías especificando –entre otros- su naturaleza, marcas, peso, número de unidades o bultos, y volumen, y asegurarse de que las mismas cumplen todos los requisitos legales. El Cliente responderá de las pérdidas, daños, perjuicios, averías y/o sanciones que la eventual inexactitud de la descripción de las mercancías pueda originar a terceros y/o a Transitainer SA.
4. Embalaje.
El Cliente garantiza que el embalaje utilizado es correcto y adecuado para proteger las mercancías durante el transporte, y responderá del daño que el mismo pueda causar a las personas, a las mercancías propias y de terceros, a los equipos de manipulación, a los medios de transporte, y/o a cualesquiera otros bienes.
5. Ad valorem.
El Cliente puede añadir una declaración de valor de la mercancía en el conocimiento de embarque y en la carta de porte contra el pago del correspondiente recargo que, en cada caso, será oportunamente aplicado. Dicha declaración está sujeta a la aceptación, en cada caso, por parte del porteador.
6. Seguro.
El Cliente puede contratar un seguro que cubra los daños que las mercancías puedan sufrir durante el transporte hasta el límite de valor de las mismas. Cuando así lo desee, el Cliente podrá solicitar por escrito a Transitainer SA la contratación de dicho seguro, en cuyo caso deberá abonar el importe correspondiente.
7. Carga fraccionada.
En los transportes de carga fraccionada, el transportista y/o la línea marítima podrán revisar y, en su caso, recalcular el volumen y el peso al recibir la mercancía. El Cliente se obliga a sufragar cualquier gasto, sanción o responsabilidad que resulte de la diferencia de volumen y peso.
8. Tiempo de tránsito.
En aquellos casos en que Transitainer SA comunique al Cliente una estimación de la duración del tiempo de tránsito de la mercancía, dicha estimación es meramente orientativa y no supone compromiso u obligación por parte de Transitainer SA, salvo en aquellos casos en los que se garantice, de forma expresa y explícita, en el momento de contratar el servicio.
9. Disponibilidad.
Todos nuestros servicios están sujetos a la disponibilidad de espacio, de vehículos, de remolques y de contenedores, así como a la aprobación de la mercancía por parte del transportista, almacenista y/o de la naviera.
10. Subcontratación.
El Cliente autoriza a Transitainer SA a seleccionar y subcontratar a terceros la realización (en todas sus fases y modalidades) del transporte, los trámites administrativos, la manipulación y el almacenamiento de las mercancías. Cuando la subcontratación se haya realizado a transportistas, navieras y/o operadores que hayan sido designados expresamente por el Cliente, Transitainer SA no será responsable de la actuación de los mismos. Transitainer SA no será tampoco responsable de las instrucciones que el Cliente dé directamente a los subcontratistas.
11. Cargos en destino.
Todos los embarques están expuestos a una serie de cargos en destino que no están incluidos en nuestra Oferta, tales como demoras, ocupaciones, almacenajes, tasas, y sanciones de carácter administrativo o aduanero.
12. Aduanas.
Todos los trámites y formalidades aduaneros que no estén incluidos en la Oferta serán por cuenta y riesgo del Cliente, que se obliga a indemnizar a Transitainer SA por razón de cualquier sanción, multa o responsabilidad que resulte de los mismos.
13. Prohibiciones.
El Cliente reconoce y acata la prohibición de enviar animales y plantas vivos, explosivos, armamento, cadáveres y, en general, cualquier mercancía cuyo transporte y/o tráfico sea o pueda ser ilegal. Asimismo, las mercancías que consistan en vehículos y motocicletas deberán entregarse con el tanque de gasolina vacío o drenado hasta un máximo de 1/8 de su capacidad, y con la batería desconectada.
14. Mercancías peligrosas.
La carga y el embarque de mercancías peligrosas y/o inflamables están sujetas a la autorización por parte del transportista, Es responsabilidad del Cliente informar a Transitainer SA del carácter peligroso de las mercancías, de las precauciones que en su caso deban adoptarse, de facilitar toda la documentación reglamentaria, y, en general, de cumplir con la normativa vigente sobre mercancías peligrosas.
15. Pago.
El pago podrá pactarse por adelantado con anterioridad a la realización de los servicios contratados. A falta de pacto, el pago se devengará con la emisión de la correspondiente factura por parte de Transitainer SA, en cuyo caso incurrirá en mora el Cliente que no abone la factura en el plazo de 30 días a contar desde la recepción de la misma. En todo caso, el Cliente que incurra en mora deberá pagar el tipo legal de interés de demora que será la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo más ocho puntos porcentuales, junto con una cantidad fija de 40 euros, que, por ley y sin necesidad de petición expresa, se añadirá en todo caso a la deuda principal.
16. Derecho de retención.
Sin perjuicio del derecho de retención que, por ley, asiste a Transitainer SA, el Cliente autoriza a Transitainer SA a retener las mercancías cuando aquél le adeude facturas líquidas, vencidas y exigibles que sean relativas a dichas mercancías, o a otras mercancías cuyo transporte se realizó de manera simultanea o anterior. Si las mercancías sobre las que se ejerce el derecho de retención se perdieran o destruyesen, Transitainer SA tendrá derecho a retener el importe correspondiente de las indemnizaciones que deban ser satisfechas por las aseguradoras, transportistas, etc.
17. Disposición y/o destrucción de mercancías.
Cuando el Cliente no retire las mercancías del lugar de entrega una vez haya transcurrido un plazo prudencial y razonable, Transitainer SA podrá, previo aviso al Cliente, disponer de las mercancías, enajenarlas o destruirlas, con el fin de mitigar ulteriores gastos y/o de resarcirse de los ya incurridos.
18. Responsabilidad.
Transitainer SA podrá, en aquellos casos previstos en la ley, ser responsable únicamente de los daños materiales causados a las mercancías, con exclusión de aquellos daños que sean consecuenciales, indirectos y/o patrimoniales. Cualquier acción legal que el Cliente pueda dirigir contra los empleados y/o dependientes de Transitainer SA, ya sean fijos o temporales, solamente será posible dentro de los límites y en las circunstancias contempladas en las presentes Condiciones Generales de Contratación.
19. Limitación de responsabilidad.
Salvo en casos de dolo o culpa grave, Transitainer SA no podrá incurrir en responsabilidad que exceda de los siguientes límites legales: (1) En transportes terrestres, almacenajes y/o manipulación dentro del territorio nacional, la suma de 4,5 euros por kilogramo de peso bruto de la mercancías dañadas o perdidas. (2) En transportes terrestres internacionales, la cantidad de 8,33 DEG por kilogramo de peso bruto de las mercancías dañadas o perdidas. (3) En transportes internacionales de mercancía por vía marítima, la cantidad de 666,67 DEG por bulto o de 2 DEG por kilogramo de peso bruto de las mercancías dañadas o perdidas. (4) En transportes de mercancía por vía aérea, la cantidad de 17 DEG por kilogramo de peso bruto de las mercancías dañadas o perdidas. Los Derechos Especiales de Giro (DEG) son una unidad de cuenta definida por el Fondo Monetario Internacional.
20. Jurisdicción y ley aplicable.
Las partes acuerdan el sometimiento al arbitraje de la Junta Arbitral de Barcelona de todas aquellas disputas cuya cuantía no exceda de 15.000 euros, y a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Barcelona de todas aquellas disputas cuya cuantía exceda de 15.000 euros. La ley aplicable será, en todo caso, la española.
21. Reclamaciones.
El Cliente deberá dirigir cualquier reclamación por email a general@transitainer.com o por correo en las oficinas de Transitainer SA en la Avda. Drassanes 6-8, planta 13, 08001 Barcelona, indicando el número de Oferta, Factura y/o Contenedor.